Art. 18.
La Comisión de Gobierno estará formada por la persona titular de la Presidencia, por la persona titular de la Vicepresidencia y por otros dos Consejeros, designados por el Pleno.
Se modifica por el art. único.3 de la Ley autonómica 3/2011, de 28 de abril. Ref. BOE-A-2011-8344.
Se modifica por el art. único de la Ley autonómica 2/1996, de 17 de julio. Ref. BOE-A-1996-18754.