RD 1087/2010

Disposición adicional única de RD 1087/2010: Disposición adicional única. Ámbito de aplicación

Texto consolidado del BOE.

Disposición adicional única. Ámbito de aplicación.

Lo dispuesto en esta norma no se aplicará a las Comunidades Autónomas con Cuerpo de Policía propio, con competencia para la protección de las personas y bienes y para el mantenimiento del orden público, ni a los municipios con regulación especial reflejada en ley estatal o autonómica.