RD 829/2023

Artículo 2 — RD 829/2023

Artículo 2. Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación.

1. Corresponde al Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación la propuesta y ejecución de la política exterior, de las relaciones con la Unión Europea y de la cooperación internacional al desarrollo, de conformidad con las directrices del Gobierno y en aplicación del principio de unidad de acción en el exterior.

2. Este Ministerio se estructura en los siguientes órganos superiores:

a) La Secretaría de Estado de Asuntos Exteriores y Globales.

b) La Secretaría de Estado para la Unión Europea.

c) La Secretaría de Estado para Iberoamérica y el Caribe y el Español en el Mundo.

d) La Secretaría de Estado de Cooperación Internacional.