RD 829/2023

Artículo 12 — RD 829/2023

Artículo 12. Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática.

1. Corresponde al Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática la propuesta y ejecución de la política del Gobierno en materia de política territorial, organización territorial del Estado y relaciones con las comunidades autónomas y las entidades que integran la administración local.

2. Asimismo corresponde al Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática la propuesta y ejecución de la política del Gobierno en materia de memoria histórica y democrática.

3. Este Ministerio se estructura en los siguientes órganos superiores:

a) La Secretaría de Estado de Política Territorial.

b) La Secretaría de Estado de Memoria Democrática.