Artículo 14. Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana.
1. Corresponde al Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana, la propuesta y ejecución de la política del Gobierno en materia de vivienda, Agenda Urbana, calidad de la edificación y suelo.
2. Este Ministerio dispone, como órgano superior, de la Secretaría de Estado de Agenda Urbana.
Artículo 14. Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana.
1. Corresponde al Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana, la propuesta y ejecución de la política del Gobierno en materia de vivienda, Agenda Urbana, calidad de la edificación y suelo.
2. Este Ministerio dispone, como órgano superior, de la Secretaría de Estado de Vivienda y Agenda Urbana.
Se modifica el apartado 2 por la disposición final 1 del Real Decreto 890/2023 de 27 de noviembre. Ref. BOE-A-2023-24122#df