Artículo 17.
Cuando las deficiencias de instalación pongan en peligro la conservación y seguridad de los documentos constitutivos del patrimonio documental de la Región de Murcia, la Consejería de Cultura, Educación y Turismo dispondrá las medidas de garantía necesarias, incluso ordenando su depósito en cualquier archivo del Sistema hasta que desaparezcan las circunstancias que motivaron dicho depósito.