Reglamento Procedimiento TJUE

Artículo 6 — Reglamento Procedimiento TJUE

Artículo 6

Derecho de rectificación, supresión y limitación del tratamiento de datos

Cuando la Dirección de Personal restrinja, total o parcialmente, la aplicación del derecho a la rectificación, el derecho a la supresión o el derecho a la limitación del tratamiento a que se refieren los artículos 18; 19, apartado 1, y 20, apartado 1, del Reglamento (UE) 2018/1725, adoptará las medidas contempladas en el artículo 5, apartado 2, de la presente Decisión y registrará la anotación de conformidad con lo dispuesto en su artículo 5, apartado 3.