Orden INT Centro Universitario PN

Artículo 14 — Orden INT Centro Universitario PN

Artículo 14. Plan de acción anual y plurianual. Informe de actividad.

1. La persona titular de la Dirección del Centro Universitario elaborará y elevará, para su aprobación al Consejo Rector, el plan de acción anual y plurianual, el informe general de actividad.

2. En el plan de acción anual se recogerán, entre otros aspectos, los siguientes:

a) Las actividades formativas o de investigación.

b) Los acuerdos de colaboración.

c) Las actividades de gestión, seguimiento y control.

d) Los indicadores de gestión.

3. La información referida al plan de acción anual, así como al informe general de actividad, se hará público en la página web del Centro Universitario.