Directiva Eficiencia Energética

(63) Deben derogarse todas las disposiciones sustantivas de las Directivas 2004/8/CE y 2006/32/CE, excepto los artículos de Directiva Eficiencia Energética

Texto consolidado del BOE.

(63)

Deben derogarse todas las disposiciones sustantivas de las Directivas 2004/8/CE y 2006/32/CE, excepto los artículos 4, apartados 1 a 4, y los anexos I, III y IV de la Directiva 2006/32/CE. Estas últimas disposiciones deben seguir aplicándose hasta la expiración del plazo para la consecución del objetivo del 9 %. Deben derogarse los apartados 1 y 2 del artículo 9 de la Directiva 2010/30/UE, que establece la obligación de que los Estados miembros procuren adquirir únicamente productos que pertenezcan a la clase de eficiencia energética más elevada.