Directiva Eficiencia Energética

Artículo 4 de Directiva Eficiencia Energética

Texto consolidado del BOE.

Artículo 4

Renovación de edificios

Los Estados miembros establecerán una estrategia a largo plazo para movilizar inversiones en la renovación del parque nacional de edificios residenciales y comerciales, tanto público como privado. Dicha estrategia comprenderá:

a)

un panorama del parque inmobiliario nacional basado, según convenga, en un muestreo estadístico;

b)

una definición de enfoques rentables de renovación en relación con el tipo de edificio y la zona climática;

c)

políticas y medidas destinadas a estimular renovaciones exhaustivas y rentables de los edificios, entre ellas renovaciones profundas por fases;

d)

una perspectiva de futuro destinada a orientar las decisiones de inversión de las personas, la industria de la construcción y las entidades financieras;

e)

un cálculo fundado en datos reales, del ahorro de energía y de los beneficios de mayor radio que se esperan obtener.

A más tardar el 30 de abril de 2014, se publicará una primera versión de la estrategia, que se actualizará cada tres años y será remitida a la Comisión en el marco de los Planes nacionales de acción para la eficiencia energética.