Directiva Eficiencia Energética

(58) Con objeto de aprovechar el considerable potencial de ahorro de energía de los productos relacionados con la energí de Directiva Eficiencia Energética

Texto consolidado del BOE.

(58)

Con objeto de aprovechar el considerable potencial de ahorro de energía de los productos relacionados con la energía, debe acelerarse y ampliarse la aplicación de la Directiva 2009/125/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de octubre de 2009, por la que se instaura un marco para el establecimiento de requisitos de diseño ecológico aplicables a los productos relacionados con la energía (18) y de la Directiva 2010/30/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 19 de mayo de 2010, relativa a la indicación del consumo de energía y otros recursos por parte de los productos relacionados con la energía (19), mediante el etiquetado y una información normalizada. Debe darse prioridad a los productos que ofrecen el mayor potencial de ahorro de energía, tal como los define el plan de trabajo sobre diseño ecológico, así como, cuando proceda, a la revisión de las medidas existentes.