Texto consolidado del BOE.
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La Directiva 2010/75/UE incluye la eficiencia energética entre los criterios para determinar las Mejores Técnicas Disponibles, que deben servir de referencia para establecer las condiciones de los permisos de construcción de las instalaciones a las que se aplica dicha Directiva, incluidas las instalaciones de combustión con una potencia térmica nominal total igual o superior a 50 MW. Sin embargo, dicha Directiva da a los Estados miembros la opción de no imponer requisitos de eficiencia energética a las unidades de combustión o a otras unidades que emitan dióxido de carbono en la instalación y que lleven a cabo actividades enumeradas en el anexo I de la Directiva 2003/87/CE. Los Estados miembros podrían recoger información sobre los niveles de eficiencia energética en los informes que presenten con arreglo a la Directiva 2010/75/UE. |