Artículo 14. Ministerio de Cultura.
1. El Ministerio de Cultura se estructura en los siguientes órganos superiores y directivos:
A) La Secretaría de Estado de Cultura, de la que dependen los siguientes órganos directivos:
1.º La Dirección General del Libro, del Cómic y de la Lectura.
2.º La Dirección General de Industrias Culturales, Propiedad Intelectual y Cooperación.
3.º La Dirección General de Patrimonio Cultural y Bellas Artes.
B) La Subsecretaría de Cultura, de la que depende la Secretaría General Técnica.
2. Queda suprimida la Secretaría General de Cultura y Deporte.
Artículo 14. Ministerio de Cultura.
1. El Ministerio de Cultura se estructura en los siguientes órganos superiores y directivos:
A) La Secretaría de Estado de Cultura, de la que dependen los siguientes órganos directivos:
1.º La Dirección General del Libro, del Cómic y de la Lectura.
2.º La Dirección General de Derechos Culturales.
3.º La Dirección General de Patrimonio Cultural y Bellas Artes.
B) La Subsecretaría de Cultura, de la que depende la Secretaría General Técnica.
2. Quedan suprimidas la Secretaría General de Cultura y Deporte y la Dirección General de Industrias Culturales, Propiedad Intelectual y Cooperación.
Se modifica por la disposición final 4.1 del Real Decreto 323/2024, de 26 de marzo. Ref. BOE-A-2024-6087#df-4
Artículo 14. Ministerio de Cultura.
1. El Ministerio de Cultura se estructura en los siguientes órganos superiores y directivos:
A) La Secretaría de Estado de Cultura, de la que dependen los siguientes órganos directivos:
1.º La Dirección General del Libro, del Cómic y de la Lectura.
2.º La Dirección General de Derechos Culturales.
3.º La Dirección General de Patrimonio Cultural y Bellas Artes.
4.º La Dirección General de Artes Escénicas y Música.
B) La Subsecretaría de Cultura, de la que depende la Secretaría General Técnica.
2. Quedan suprimidas la Secretaría General de Cultura y Deporte y la Dirección General de Industrias Culturales, Propiedad Intelectual y Cooperación.
Se modifica el apartado 1.A) por el art. 2 del Real Decreto 1028/2025, de 12 de noviembre. Ref. BOE-A-2025-22948
Se modifica por la disposición final 4.1 del Real Decreto 323/2024, de 26 de marzo. Ref. BOE-A-2024-6087#df-4