RD 1009/2023

Artículo 13 — RD 1009/2023

Artículo 13. Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana.

El Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana se estructura en los siguientes órganos superiores y directivos:

A) La Secretaría de Estado de Vivienda y Agenda Urbana, de la que dependen:

1.º La Secretaría General de Agenda Urbana, Vivienda y Arquitectura, de la que dependen a su vez los siguientes órganos directivos:

a) La Dirección General de Agenda Urbana y Arquitectura.

b) La Dirección General de Vivienda y Suelo.

2.º La Dirección General de Planificación y Relaciones Institucionales.

B) La Subsecretaría de Vivienda y Agenda Urbana, de la que depende la Secretaría General Técnica.

Artículo 13. Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana.

El Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana se estructura en los siguientes órganos superiores y directivos:

A) La Secretaría de Estado de Vivienda y Agenda Urbana, de la que dependen:

1.º La Secretaría General de Agenda Urbana, Vivienda y Arquitectura, de la que dependen a su vez los siguientes órganos directivos:

a) La Dirección General de Agenda Urbana y Arquitectura.

b) La Dirección General de Vivienda y Suelo.

2.º La Dirección General de Planificación y Evaluación.

B) La Subsecretaría de Vivienda y Agenda Urbana, de la que depende la Secretaría General Técnica.

Se modifica el apartado A) 2º por la disposición final 1.1 del Real Decreto 208/2024, de 27 de febrero. Ref. BOE-A-2024-3794#df

Artículo 13. Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana.

El Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana se estructura en los siguientes órganos superiores y directivos:

A) La Secretaría de Estado de Vivienda y Agenda Urbana, de la que depende la Secretaría General de Agenda Urbana, Vivienda y Arquitectura, de la que dependen a su vez los siguientes órganos directivos:

a) La Dirección General de Agenda Urbana y Arquitectura.

b) La Dirección General de Vivienda y Suelo.

c) La Dirección General de Planificación y Evaluación.

B) La Subsecretaría de Vivienda y Agenda Urbana, de la que depende la Secretaría General Técnica.

Se modifica el apartado A) por la disposición final 1.1 del Real Decreto 246/2024, de 8 de marzo. Ref. BOE-A-2024-4616#df

Se modifica el apartado A) 2º por la disposición final 1.1 del Real Decreto 208/2024, de 27 de febrero. Ref. BOE-A-2024-3794#df