RD Consejo Nacional Clima

Artículo 5 de RD Consejo Nacional Clima: La Secretaría del Consejo Nacional del Clima

Texto consolidado del BOE.

Artículo 5. La Secretaría del Consejo Nacional del Clima.

La Oficina Española del Cambio Climático ejercerá las funciones de Secretaría, realizando tareas de apoyo técnico y administrativo a los órganos que integran el Consejo Nacional del Clima, así como la gestión ordinaria de las funciones que éste tiene encomendadas de acuerdo con las directrices aprobadas por el Pleno.