RD Consejo Nacional Clima

Artículo 1 de RD Consejo Nacional Clima: Objeto, naturaleza y adscripción

Texto consolidado del BOE.

Artículo 1. Objeto, naturaleza y adscripción.

1. El objeto de este real decreto es la regulación de la composición, funcionamiento y atribuciones del Consejo Nacional del Clima.

2. El Consejo Nacional del Clima es un órgano colegiado interministerial, adscrito al Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente a través de la Secretaría de Estado de Medio Ambiente.