Ley 3/2003 Sector Público La Rioja

Artículo 52 de la Ley 3/2003 Sector Público La Rioja: Personal directivo

Texto consolidado del BOE. Se estudia en Administrativo del Estado, Auxiliar Administrativo, Tramitación Procesal. Practicar con tests.

Artículo 52. Personal directivo.

Al personal directivo le será de aplicación el régimen retributivo previsto en el artículo 30 de esta misma ley en relación con el personal directivo de los organismos públicos.

Se modifica por el art. 5.2 de la Ley 6/2025, de 21 de julio. Ref. BOE-A-2025-16835