Disposición transitoria primera.
En tanto el Gobierno no disponga lo contrario, la utilización de las unidades del Sistema denominado SI será compatible con el empleo de las autorizadas por la Ley de Pesas y Medidas de 8 de julio de 1892.
Disposición transitoria primera.
(Derogada)
Se deroga por la disposición derogatoria del Real Decreto Legislativo 1296/1986, de 28 de junio. Ref. BOE-A-1986-17234