Texto consolidado del BOE.
|
(58) |
La Directiva 2010/75/UE del Parlamento Europeo y del Consejo (21) establece unas normas para las instalaciones que contribuyen a la producción o la utilización de energía con fines de producción, y dispone que la información sobre la energía empleada en la instalación o generada por ella debe incluirse en las solicitudes de permisos integrados de conformidad con el artículo 12, apartado 1, letra b), de dicha Directiva. Además, su artículo 11 dispone que el uso eficiente de la energía es uno de los principios generales de las obligaciones fundamentales del titular y uno de los criterios para determinar las mejores técnicas disponibles con arreglo al anexo III de dicha Directiva. La eficiencia operativa de los sistemas energéticos en un determinado momento está condicionada por la capacidad de introducir en la red, de forma fluida y flexible, energía generada a partir de diferentes fuentes con niveles de inercia y tiempos de puesta en marcha diferentes. La mejora de la eficiencia permitirá un mejor aprovechamiento de las energías renovables. |