Texto consolidado del BOE.
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Los Estados miembros deben fomentar medios de movilidad eficientes desde el punto de vista energético, también en sus prácticas de contratación pública, como el ferrocarril, la bicicleta, los desplazamientos a pie o la movilidad compartida, renovando y descarbonizando las flotas, fomentando la transferencia modal e incluyendo estos modos en la planificación de la movilidad urbana. |