Texto consolidado del BOE.
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La presente Directiva refuerza la protección de los consumidores al introducir derechos contractuales básicos para los sistemas urbanos de calefacción, refrigeración y agua caliente sanitaria, en consonancia con el nivel de derechos, protección y empoderamiento que la Directiva (UE) 2019/944 estableció para los consumidores finales en el sector de la electricidad. Debe ponerse a disposición de los consumidores información sencilla y sin ambigüedades sobre sus derechos. Varios factores impiden a los consumidores acceder a las distintas fuentes de información del mercado disponibles, así como entenderlas y actuar en consecuencia. La introducción de derechos contractuales básicos puede ayudar, entre otras cosas, a comprender mejor la calidad de referencia de los servicios ofrecidos por el proveedor en el contrato, en particular la calidad y las características de la energía suministrada. Además, puede contribuir a minimizar los costes ocultos o extraordinarios que podrían derivarse de la introducción de servicios mejorados o nuevos con posterioridad a la firma del contrato sin que el cliente haya comprendido claramente cuál es el cambio ni manifestado su acuerdo. Se puede tratar de servicios relacionados, entre otras cosas, con la energía suministrada, servicios de medición y facturación, adquisición e instalación o servicios auxiliares y de mantenimiento y costes relacionados con la red, los contadores, el equipamiento de calefacción o refrigeración local. Los requisitos contribuirán a la mejora de la comparabilidad de las ofertas y garantizarán el mismo nivel de derechos contractuales básicos para todos los ciudadanos de la Unión por lo que respecta a la calefacción, la refrigeración y el agua caliente sanitaria, sin limitar las competencias nacionales. |