RD 43/2021

Disposición adicional sexta de RD 43/2021: Disposición adicional sexta. Información sobre incidentes en el sistema financiero

Texto consolidado del BOE.

Disposición adicional sexta. Información sobre incidentes en el sistema financiero.

Los CSIRT de referencia informarán al titular de la Secretaría de Estado de Economía y Apoyo a la Empresa, a través de la Secretaría General del Tesoro y Financiación Internacional, de los incidentes que puedan tener efectos perturbadores significativos en los servicios esenciales del sistema financiero. A estos efectos, se entenderá que tienen efectos perturbadores significativos cuando su umbral o nivel de impacto sea crítico, muy alto o alto, según lo señalado en el anexo de este real decreto.