Artículo 8.
La creación, modificación y supresión de las Consejerías se establecerán por Decreto del Presidente del Principado de Asturias
Se modifica por el art. único de la Ley autonómica 4/2008, de 24 de noviembre. Ref. BOE-A-2009-1260.
Artículo 8.
La creación, modificación y supresión de las Consejerías se establecerán por Decreto del Presidente del Principado de Asturias
Se modifica por el art. único de la Ley autonómica 4/2008, de 24 de noviembre. Ref. BOE-A-2009-1260.
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