Disposición adicional segunda. Actualización de los órganos de participación institucional.
En el plazo de seis meses desde la entrada en vigor de la presente ley, se revisarán y adaptarán, en su caso, los órganos de participación institucional existentes en el ámbito de la Administración de la Junta de Andalucía y sus entidades instrumentales públicas al objeto de dar cumplimiento a esta ley.