Texto consolidado del BOE. Se estudia en Administrativo del Estado, Auxiliar Administrativo, Tramitación Procesal. Practicar con tests.
Artículo 63.
El Alcalde es el Presidente de la Corporación, representa al Ayuntamiento, dirige el Gobierno y la Administración municipal y convoca y preside las sesiones del Pleno, de la Comisión de Gobierno, en su caso, y de cualesquiera otros órganos municipales de carácter colegiado.