Texto consolidado del BOE. Se estudia en Policía Nacional, Guardia Civil, Tramitación Procesal. Practicar con tests.
Artículo 140.
1. Los internos ingresados en el Establecimiento serán examinados por el Médico con el fin de conocer su estado físico y mental; descubrir la posible existencia de enfermedades, adoptando, en su caso, las medidas necesarias; proponer el aislamiento de los sospechosos de enfermedades infectocontagiosas o de perturbaciones mentales y observar las peculiaridades físicas o mentales de cada interno a efectos de clasificación.
2. Del resultado de este reconocimiento se dejará constancia en la historia clínica del interno y en el libro de reconocimiento de ingresos, haciendo expresa constancia de cuantos antecedentes clínicos refiera aquél y el origen de los mismos.