Texto consolidado del BOE.
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Siempre que se cumplan determinadas condiciones, para aliviar la carga administrativa de los consulados de los Estados miembros y facilitar las condiciones de viaje a las personas que viajan con frecuencia o de forma periódica, se expedirán visados para entradas múltiples. Los solicitantes que sean conocidos en los consulados por su integridad y fiabilidad deben beneficiarse en la medida de lo posible de un procedimiento simplificado. |