Artículo 36
Modificaciones de los anexos
Se faculta a la Comisión para adoptar actos delegados con arreglo al artículo 37 por lo que respecta a las modificaciones de los anexos III, IV y VIII.
Artículo 36
Modificaciones de los anexos
Se faculta a la Comisión para adoptar actos delegados con arreglo al artículo 37 por lo que respecta a las modificaciones de los anexos III, IV y VIII.
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