Artículo 567. Declaración de concurso de la herencia.
El concurso de la herencia podrá declararse en tanto no haya sido aceptada pura y simplemente.
Artículo 567. Declaración de concurso de la herencia.
El concurso de la herencia podrá declararse en tanto no haya sido aceptada pura y simplemente.
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