Artículo 2. Definiciones.
A los efectos previstos en este real decreto, las definiciones, palabras, expresiones y términos se entenderán en el sentido indicado en el Glosario de Términos incluido en el anexo.
Redactado conforme a la corrección de errores publicada en BOE núm. 61, de 11 de marzo de 2010. Ref. BOE-A-2010-4053