Disposición transitoria primera. Vigencia de los convenios de colaboración suscritos para la utilización del sistema LexNET.
Los convenios de colaboración para la utilización del sistema LexNET suscritos con anterioridad a la entrada en vigor de este real decreto por el Ministerio de Justicia con otras Administraciones públicas conservarán su vigencia hasta su vencimiento o denuncia por cualquiera de las partes, siendo igualmente susceptibles de ser prorrogados en los términos y condiciones estipulados en cada uno de ellos.