Disposición final primera. Facultades de desarrollo.
Se autoriza al Director General de la Policía y de la Guardia Civil, para dictar cuantas disposiciones de desarrollo sean necesarias para la aplicación de lo dispuesto en la presente Orden.
Disposición final primera. Facultades de desarrollo.
Se autoriza al Director General de la Policía y de la Guardia Civil, para dictar cuantas disposiciones de desarrollo sean necesarias para la aplicación de lo dispuesto en la presente Orden.
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