Artículo 7. Derechos que conllevan las condecoraciones.
La concesión de la Condecoración a la Dedicación al Servicio Policial, en sus distintas categorías, dará derecho a su exhibición en el uniforme del Cuerpo Nacional de Policía, de acuerdo con las normas reglamentarias de uniformidad.
A los efectos de baremo para la promoción interna en el Cuerpo Nacional de Policía, se otorgará a las diferentes categorías de la Condecoración a la Dedicación al Servicio Policial la puntuación que reglamentariamente se determine en la correspondiente norma.