Ley 9/2013 Autoridad Profesionales Aragón

Artículo 5 — Ley 9/2013 Autoridad Profesionales Aragón

Artículo 5. Promoción de la convivencia.

El departamento competente en materia de sanidad y asuntos sociales establecerá medidas de promoción de la convivencia y, en particular, mecanismos de mediación para la resolución pacífica de conflictos que se puedan originar en los centros sanitarios y sociales del Gobierno de Aragón.