Ley 9/2001 Silencio Administrativo Andalucía

Disposición adicional primera — Ley 9/2001 Silencio Administrativo Andalucía

Disposición adicional primera. Incidencias en materia de contratación administrativa.

Sin perjuicio de que los procedimientos en materia de contratación administrativa se rijan por las reglas específicas contenidas en la legislación de contratos de las Administraciones Públicas, en cualquier caso, en dichos procedimientos iniciados a solicitud del interesado durante la ejecución del contrato o como consecuencia de la misma, la falta de notificación de la resolución expresa dentro del plazo establecido podrá entenderse por dicho interesado que tiene efectos desestimatorios.