Ley 11/2003 Gobierno y Consejo Consultivo CLM

Artículo 45 de la Ley 11/2003 Gobierno y Consejo Consultivo CLM

Texto consolidado del BOE.

Artículo 45.

El Consejo Consultivo elaborará su Presupuesto que figurará como una Sección dentro de los Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.

El Consejo Consultivo tendrá, además del Secretario General la dotación de personal que establezca el Reglamento Orgánico.