Artículo 23.
El Gobierno promoverá el empleo preferente del euskera en los medios de comunicación de la Comunidad Autónoma, a fin de garantizar la equiparación de ambas lenguas establecida en el artículo anterior.
Artículo 23.
El Gobierno promoverá el empleo preferente del euskera en los medios de comunicación de la Comunidad Autónoma, a fin de garantizar la equiparación de ambas lenguas establecida en el artículo anterior.
Empieza a practicar gratis