RGC

Artículo 30 de la Real Decreto 1428/2003, de 21 de noviembre,: Desarrollo de las marchas

Texto consolidado del BOE.

Artículo 30. Desarrollo de las marchas.

Las marchas se desarrollarán con el tráfico abierto, sin perjuicio de que en ciertas circunstancias o momentos pueda considerarse la opción de cerrar al tráfico determinadas zonas mientras dura el paso de los ciclistas.