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Antes de adoptar una recomendación de restablecimiento temporal de los controles fronterizos en determinadas fronteras interiores, conviene estudiar convenientemente y en profundidad la posibilidad de recurrir a medidas dirigidas a hacer frente a la situación subyacente, incluida la asistencia de organismos, oficinas o agencias de la Unión, como la Agencia o la Oficina Europea de Policía (Europol), que se establece en la Decisión 2009/371/JAI del Consejo (11), y a medidas de apoyo técnico o financiero a escala nacional, a escala de la Unión o a ambas escalas. En caso de que se detecte una deficiencia grave, la Comisión puede establecer medidas de apoyo financiero para ayudar al Estado miembro de que se trate. Además, cualquier recomendación del Consejo o de la Comisión debe basarse en datos contrastados. |