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La Agencia europea para la gestión de la cooperación operativa en las fronteras exteriores de los Estados miembros (en lo sucesivo, «Agencia»), instituida por el Reglamento (CE) n.o 2007/2004 del Consejo (7) debe gestionar y coordinar la cooperación operativa y la asistencia entre Estados miembros en materia de control fronterizo. |