Reglamento Schengen 2016/399

(17) Los Estados miembros deben evitar que los procedimientos de control en las fronteras exteriores constituyan un obst — Reglamento Schengen 2016/399

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Los Estados miembros deben evitar que los procedimientos de control en las fronteras exteriores constituyan un obstáculo significativo al comercio y a los intercambios sociales y culturales. A tal efecto, deben destinar el personal y los recursos adecuados.