Reglamento Eurojust 2018/1727

Artículo 60 — Reglamento Eurojust 2018/1727

Artículo 60

Presupuesto

1.   Las previsiones de todos los ingresos y gastos de Eurojust deberán elaborarse para cada ejercicio, coincidiendo con el año natural, y se reflejarán en el presupuesto de Eurojust.

2.   El presupuesto de Eurojust presentará un equilibrio entre ingresos y gastos.

3.   Sin perjuicio de otros recursos, los ingresos de Eurojust comprenderán:

a)

una contribución de la Unión consignada en el presupuesto general de la Unión;

b)

cualquier contribución financiera voluntaria de los Estados miembros;

c)

los gastos procedentes de publicaciones y cualquier servicio prestado por Eurojust;

d)

subvenciones ad hoc.

4.   Los gastos de Eurojust incluirán la remuneración del personal, los gastos administrativos y de infraestructura y los costes operativos, incluidos los gastos de financiación de los equipos conjuntos de investigación.