Reglamento del Congreso

Art 46 — Reglamento del Congreso

Artículo 46.

1. Son Comisiones Permanentes Legislativas las siguientes:

1. Comisión Constitucional.

2. Comisión de Asuntos Exteriores.

3. Comisión de Justicia.

4. Comisión de Defensa.

5. Comisión de Hacienda y Función Pública.

6. Comisión de Presupuestos.

7. Comisión de Interior.

8. Comisión de Transportes y Movilidad Sostenible.

9. Comisión de Educación, Formación Profesional y Deportes.

10. Comisión de Trabajo, Economía Social, Inclusión, Seguridad Social y Migraciones.

11. Comisión de Industria y Turismo.

12. Comisión de Derechos Sociales y Consumo.

13. Comisión de Agricultura, Pesca y Alimentación.

14. Comisión de Política Territorial.

15. Comisión de Transición Ecológica y Reto Demográfico.

16. Comisión de Vivienda y Agenda Urbana.

17. Comisión de Cultura.

18. Comisión de Economía, Comercio y Transformación Digital.

19. Comisión de Sanidad.

20. Comisión de Ciencia, Innovación y Universidades.

21. Comisión de Cooperación Internacional para el Desarrollo.

22. Comisión de Igualdad.

23. Comisión de Juventud e Infancia.

2. Son también Comisiones Permanentes aquellas que deban constituirse por disposición legal y las siguientes:

1ª. Reglamento.

2ª. Estatuto.

3ª. Peticiones.

3. Las Comisiones Permanentes a que se refieren los apartados anteriores deberán constituirse dentro de los diez días siguientes a la sesión constitutiva del Congreso.

Se modifica el numeral 2.ª del apartado 2 por el art. único.48 de la Reforma del Reglamento de 22 de julio de 2025. Ref. BOE-A-2025-15844

Se modifica el apartado 1 por el art. único de la Reforma del Reglamento de 28 de noviembre de 2023. Ref. BOE-A-2023-24510

Se modifica el apartado 1 por el art. único de la Reforma del Reglamento de 15 de septiembre de 2021. Ref. BOE-A-2021-15094

Se modifica el apartado 1 por el art. único de la Reforma del Reglamento de 4 de febrero de 2020. Ref. BOE-A-2020-1843

Se modifica el apartado 1 por el art. único de la Reforma del Reglamento de 19 de junio de 2018. Ref. BOE-A-2018-8846

Se modifica el apartado 1 por el art. único de la Reforma del Reglamento de 15 de diciembre de 2016. Ref. BOE-A-2016-12270.

Se modifica el apartado 1 por el art. único de la Reforma del Reglamento de 11 de enero de 2012. Ref. BOE-A-2012-767.

Se modifica el apartado 1 por el art. único de la Reforma del Reglamento de 15 de octubre de 2009. Ref. BOE-A-2009-16793.

Se modifica el apartado 1 por el art. único de la Reforma del Reglamento de 29 de abril de 2008. Ref. BOE-A-2008-8118.

Se modifica el apartado 1 por el art. único de la Reforma del Reglamento de 28 de abril de 2004. Ref. BOE-A-2004-8185.

Se modifica el apartado 1 por el art. único de la Reforma del Reglamento de 11 de mayo de 2000. Ref. BOE-A-2000-9092.

Redactado conforme la corrección de errores publicada en BOE núm. 119, de 18 de mayo de 2000. Ref. BOE-A-2000-9231

Se modifica el apartado 1 por el art. único de la Reforma del Reglamento de 26 de septiembre de 1996. Ref. BOE-A-1996-24984.

Se modifica el apartado 1 por el art. 3 de la Reforma del Reglamento de 23 de septiembre de 1993. Ref. BOE-A-1993-24222.