Reglamento Agencia Drogas UE

(42) Con el fin de controlar y garantizar el funcionamiento de la Agencia y garantizar que su mandato le permita llevar — Reglamento Agencia Drogas UE

(42)

Con el fin de controlar y garantizar el funcionamiento de la Agencia y garantizar que su mandato le permita llevar a cabo las actividades necesarias que requieren la evolución del mercado de la droga y de las políticas, debe realizarse periódicamente una evaluación externa de la labor de la Agencia y, en caso necesario, su mandato debe adaptarse en consecuencia.