Reglamento Agencia Drogas UE

(41) La Agencia trata datos que requieren una protección especial, en particular información clasificada de la UE (ICUE) — Reglamento Agencia Drogas UE

(41)

La Agencia trata datos que requieren una protección especial, en particular información clasificada de la UE (ICUE) e información sensible no clasificada. La Agencia debe, por tanto, elaborar normas sobre la confidencialidad y el tratamiento de esa información. Las normas sobre la protección de la ICUE deben ser coherentes con las Decisiones (UE, Euratom) 2015/443 (9) y (UE, Euratom) 2015/444 (10) de la Comisión. De conformidad con dichos actos jurídicos, la Agencia debe abstenerse de publicar datos sensibles. También debe abstenerse de divulgar información comercial confidencial de terceros.