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El Consejo de Administración debe contar con las competencias necesarias, en particular, para adoptar el presupuesto, las normas financieras y los documentos de planificación adecuados, y el informe anual de actividades consolidado. A fin de garantizar el funcionamiento independiente y la integridad de la Agencia, el Consejo de Administración también debe adoptar normas para la prevención y la gestión de los conflictos de intereses de sus miembros y de los miembros del Comité Ejecutivo, los miembros del Comité Científico, los miembros de una red europea de información sobre drogas y toxicomanías (en lo sucesivo, «red Reitox»), los expertos nacionales en comisión de servicios y otros agentes no contratados por la Agencia. Para ello, es importante que la Agencia tenga debidamente en cuenta las recomendaciones y directrices en la materia, en particular las del Defensor del Pueblo Europeo y las Directrices de la Comisión sobre la prevención y gestión de los conflictos de intereses en las agencias descentralizadas de la UE de 10 de diciembre de 2013. El Consejo de Administración ha de ejercer las competencias de la autoridad facultada para proceder a los nombramientos con respecto al personal de la Agencia, incluido el director ejecutivo. |