RDL 1/2020

Artículo 471 — RDL 1/2020

Artículo 471. Recurso contra el auto de conclusión del concurso.

Quien ostente interés legítimo podrá interponer recurso de apelación contra el pronunciamiento del auto por el que se hubiese decretado la conclusión del concurso.

Artículo 471. Recurso contra el auto de conclusión del concurso.

(Suprimido)

Se suprime por el art. único.124 de la Ley 16/2022, de 5 de septiembre. Ref. BOE-A-2022-14580#au