Disposición final quinta. Aprobación de las relaciones de puestos de trabajo de los servicios jurídicos delegados de la Administración de la Seguridad Social.
Las relaciones de puestos de trabajo de los servicios jurídicos delegados de la Administración de la Seguridad Social a que se refiere el apartado tercero de la disposición adicional primera se aprobarán en el plazo de 1 año desde la entrada en vigor del presente Real Decreto.