Disposición adicional primera. Órganos suprimidos.
1. Queda suprimida la Subdirección General para la Igualdad de Trato y no Discriminación.
2. Las referencias del ordenamiento jurídico a dicha subdirección general se entenderán realizadas a la Subdirección General de Derechos LGTBI o, en su defecto, a la Dirección General de Diversidad Sexual y Derechos LGTBI.