Artículo 13. La Secretaría.
1. La Secretaría del Foro será desempeñada por la persona titular de la Subdirección General de Gobierno Abierto, que actuará con voz y sin voto y ejercerá las funciones previstas en los artículos 16.2 y 19.4 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre.
2. La persona titular de la Secretaría será sustituida, en los casos de vacante, ausencia, enfermedad u otra causa legal, por una persona funcionaria de carrera del subgrupo A1 adscrita a la misma unidad.